Dentro de la legislación en la Ley Vicaría se debe poner el interés superior de la niñez por lo que la tipificación no es propia para la mujer, sino debe aplicarse para el hombre, coincidieron especialistas y diputados del PAN.
Lo anterior al llevarse a cabo el Foro “Análisis de la Ley Vicaría y la Protección de la Niñez en México”.
En su mensaje, la diputada local del PAN, María de los Ángeles Dávila Vargas, urgió al fortalecimiento jurídico para la protección de la niñez, por lo que consideró necesario que en la violencia vicaria se requiere ampliar su definición y establecer en el Código Penal que no sólo la mujer, sino el hombre lo puede sufrir.
Definición de Ley Vicaría debe ser ampliada
“Por lo cual se tendrá que abrir para ambos géneros, ampliando la definición, como también establecerla en el Código Penal del Estado de México, ya que si las madres ejercen violencia sobre los hijos para herir al padre no caería dentro del supuesto por lo cual es necesario modificar el término e incluirlo al Código Penal”, mencionó.
Indicó que en su bancada impulsan la propuesta bajo el consenso de diversos sectores porque ninguno de los padres puede dañar a los hijos para herir al otro, y en este caso, insistió, se deberá velar el interés superior del menor.
Recordó que según cifras oficiales en el primer bimestre del año en la entidad se atendieron mil 072 llamadas de emergencia por violencia familiar, y en el mismo período se registraron 4 mil 440 de asuntos de lo familiar, aunque en ambos por debajo de la media nacional, pero se debe seguir legislando.
“En Acción Nacional nos queda claro que ninguna madre y ningún padre puede dañar a los hijos para herir al otro, por ello en todo momento se velera por el interés superior del menor y quien haga lo contrario deberá ser castigado en términos de la ley, pues el bienestar del menor va más allá del rol de género”, indicó.
Especialistas
Dentro del foro especialistas explicaron que la Ley Vicaría no pone en el centro al niño, es decir, que no protege el interés superior del menor, por lo que consideraron que la norma es inconstitucional y discriminatoria.
La panelista Andrea Hernández retomó que las leyes como esta deberían de considerar a los menores; sin embargo, añadió que esta no protege a los niños y por el contrario deja en indefensión el derecho superior del menor a un pleno desarrollo.
Añadió que este tipo de leyes invitan a los hombres a ser irresponsables, además de que no castigan a aquellos que se fueron por cigarros y no regresaron o a quienes solo depositan poco dinero para que no vayan a prisión.
Con la normatividad en la materia, así como está, aseveró que a los únicos a los que se les está afectando son a los menores de edad.
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Hay 7 mil mujeres víctimas de la violencia vicaria
Como ejemplo dijo que el 39 por ciento de personas arrestadas tuvieron ausencia del padre; el 80 por ciento de violentadores peligrosos tuvieron ausencia paterna y el 63 por ciento de suicidios es por ausencia del papá.
Teresa Carrizales Hernández, otra de las exponentes reiteró que la normatividad se olvidó de poner como sujeto directo, como la víctima central de la conducta al niño y en cambio puso a la mujer, pero no considera tampoco a todas las féminas, por lo que es discriminatoria e inconstitucional.
Aseveró que esta se olvida de los otros sujetos como las personas con discapacidad o incluso a las personas adultas mayores que son víctimas indirectas y tampoco toma a las niñas, adolescentes, mujeres con discapacidad ni a las mujeres adultas mayores, por lo que en ese sentido es inadecuada.
De acuerdo a diversas organizaciones civiles a nivel país se estima que hay 7 mil mujeres víctimas de la violencia vicaria, donde para el caso del Estado de México ocupa los primeros lugares con más de mil 200 asuntos, principalmente, en Ecatepec, Chimalhuacán, Nezahualcóyotl y Metepec.
TAR