Por lo regular los contribuyentes buscan facturar la mayoría de sus compras y más si son personas físicas con actividad empresarial, con la intensión, obviamente, de deducir impuestos al realizar su declaración anual. Foto: Captura

¡Evita multas del SAT!, este es el monto máximo para facturar

¡Evita multas del SAT!, este es el monto máximo para facturar, así que no pierdas atención a esto porque en el Estado de México también el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da dolores de cabeza.

Por lo regular los contribuyentes buscan facturar la mayoría de sus compras y más si son personas físicas con actividad empresarial, con la intensión, obviamente, de deducir impuestos al realizar su declaración anual.

Conoce el monto máximo para facturar y así evitar multas del SAT

Sin embargo, no todo lo que brilla es oro, porque “Lolita” como se le conoce al SAT, tiene ya un tope, por así decirlo, para facturas, y si te pasas de eso, tú como contribuyente podrías ser acreedor a una multa.

Pero vamos por partes, lo primero que tienes que conocer es que el SAT cuenta con una lista específica de los productos que las personas físicas pueden deducir.

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Sin embargo, esto depende también en el régimen fiscal al que se pertenece.

Hay que poner mucho ojo en la factura que se emite, ya que debe ponerse los datos correctos y que el pago se realice con tarjeta o transferencia, porque todo esto dependerá si se puede o no deducirse.

Este es el monto máximo para facturar en el año fiscal

Pero ahí no termina esto, y evita multas del SAT, este es el monto máximo para facturar.

Hay dos opciones que te da el SAT para factura y cualquiera de ellas con la que te acomodes debes saber que tomarán la del monto más bajo.

La primera es que la cantidad máxima de dinero que una persona física puede deducir este 2023 es de 175 mil 505 pesos anuales.

La segunda es que se deduce el 15 por ciento total de los ingresos generados en el año fiscal, de todas maneras, repetimos para dejar en claro esto, el monto que sea menor es el que será tomado en cuenta.

Y es que según el artículo 91 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (ISR), menciona que si hay una discrepancia fiscal, o sea cuando la persona gasta más del dinero que declaró, tendrá que ir ante Hacienda para aclarar esta situación.

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Pero como bien sabes, con ellos no se juega ni se engaña, por lo que debes poner mucha atención al emitir la factura, ya que si encuentran irregularidades, te lo notificarán para que aclares la discrepancia y si ignoras el llamado, la autoridad considerara esto como si quisieras realizar alguna defraudación fiscal.

Y esto es un delito que te puede llevar de 3 a nueve años de cárcel y la cancelación de tu sello digital para que ya no puedas facturar.

Así que ya sabes, ponte buzo con el SAT y cuando emitas una factura ve contando cuántos llevas en este año.

AL