Se activa contingencia ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) fase 1, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis es su corte de las 15:00 horas.
Se decretó luego de que se registraran concentraciones máximas de ozono de 158 ppb, en la estación de monitoreo de Tlalnepantla.
Lo anterior debido a que en el transcurso del día, la influencia de un sistema de alta presión sobre el Valle de México y gran parte del centro del país se intensificó, así como su estabilidad atmosférica asociada, favoreciendo intensa radiación solar y viento débil sin dirección definida; situación que combinada con el arrastre de ozono hacia la zona Noroeste de la ZMVM y temperaturas de hasta de 30 °C, provocó altas concentraciones de ozono.
Medidas y recomendaciones para la población
Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas, en horario comprendido entre las 13:00 y las 19:00 horas.
Se recomienda posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos, programados entre las 13:00 y las 19:00 horas.
Se recomienda no fumar, especialmente en espacios cerrados.
Facilitar y continuar el trabajo a distancia y realizar compras y trámites en línea para reducir viajes.
Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas; no cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y al cocinar, utilizar recipientes con tapa.
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Restricciones para el transporte público
Mañana miércoles 1 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
¿Quiénes si podrán circular?
Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular, si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
Vehículos de uso particular destinados en circunstancias urgentes, para atender una emergencia médica.
Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
Las motocicletas están exentas de la Fase I.
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TAR