La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los aspirantes a planteles militares del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana no pueden ser excluidos por portar el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), reafirmando los derechos de igualdad y no discriminación.
Aspirantes a planteles militares del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana no pueden ser excluidos por portar VIH
El fallo se basa en el reconocimiento de que las personas con VIH pueden llevar una vida sana y controlada mediante un tratamiento adecuado, lo que no implica que estén impedidas para acceder al derecho a la educación. La SCJN destacó que un diagnóstico positivo de VIH no supone una incapacidad para participar en concursos de selección y aspirar a una especialidad.
Garantizar la igualdad
La resolución subraya que, en México, las condiciones discriminatorias basadas en el estado de salud para acceder a la educación están prohibidas. En este caso, se recalca la importancia de garantizar la igualdad de oportunidades para todas las personas, independientemente de su condición de salud.
El amparo en revisión, identificado como el caso 18/2024, fue resuelto en sesión del 16 de octubre de 2024, con cuatro votos a favor, mientras que el ministro Luis María Aguilar Morales emitió un voto en contra. La ponente del caso fue la ministra Lenia Batres Guadarrama.
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