El 1 y 2 de noviembre, días en que tradicionalmente se celebra el Día de Muertos en México, no están considerados como días de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
1 y 2 de Noviembre NO son días de descanso obligatorio
Aunque estas fechas tienen un profundo significado cultural y son ampliamente celebradas en todo el país, no forman parte de los días de descanso obligatorio establecidos.
Esto significa que las empresas y empleadores no están obligados a conceder estos días como descanso remunerado.
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Sin embargo, muchas instituciones y empresas deciden ofrecer estos días como parte de sus políticas internas o en reconocimiento a la importancia de esta tradición, otorgando permisos o descansos compensatorios a sus empleados.
¿Pagarán normal?
En caso de que los trabajadores deban laborar el 1 o 2 de noviembre, se les pagará su salario normal.
Esta situación es diferente para otras fechas consideradas de descanso obligatorio, como: el 1 de enero, el 16 de septiembre o el 25 de diciembre.
En las cuales los trabajadores que laboren tienen derecho a un pago adicional.
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SPM