La madrugada de ayer, ocho de los 16 elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), a quienes se les revocó la prisión preventiva oficiosa que se había impuesto en su contra al ser señalados de estar vinculados a la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, abandonaron la prisión del Campo Militar 1-A, luego de que la jueza federal Raquel Ivette Duarte Cedillo revocara la prisión preventiva que se les había impuesto.
Caso Ayotzinapa: 8 militares salen de prisión
La salida de los elementos castrenses, ocurrida a través de la puerta 3 del Campo Militar, que conecta con la avenida Conscripto, se dio después de que cubrieron el pago de una garantía de 50 mil pesos impuesta por la jueza Duarte Cedillo.
El proceso penal que se les inició por el delito de desaparición forzada en libertad lo seguirán en libertad.
Los militares liberados son Gustavo Rodríguez de la Cruz, Omar Torres Marquillo, Juan Andrés Flores Lagunes, Ramiro Manzanares Sanabria, Roberto de los Santos Eduviges, Eloy Estrada Díaz, Uri Yashiel Reyes Lazos y Juan Sotelo Díaz.
Durante una marcha de diversas organizaciones en solidaridad con el caso Ayotzinapa, el 26 de diciembre del 2023.
El abogado César Omar González, integrante del equipo de defensa de los elementos castrenses, indicó que pasada la media noche la Juez Segundo de Distrito de Procesos en el Estado de México notificó su libertad inmediata en cumplimiento a la resolución que ordenó el cambio de medida cautelar y al haber satisfecho los requisitos exigidos por el juzgado.
No obstante, dichos efectivos castrenses seguirán sujetos al procedimiento penal por el delito de desaparición forzada, al tiempo que se les impuso una serie de medidas cautelares que no son privativas de la libertad.
Tendrán que realizar la presentación periódica quincenal los días uno y 16 de cada mes, ante el juzgado de distrito; tienen la prohibición de salir del país entregando al juzgado, en su caso, el original de su pasaporte; la prohibición de acercarse al lugar de los hechos, específicamente el estado de Guerrero, y la prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con víctimas o testigos protegidos, siempre que no afecte el derecho de defensa.
PAT