El padrón, conocido como Panaut, que incluiría huellas dactilares o biometría ocular, fue declarado inconstitucional por nueve magistrados.
Dos más votaron por declarar la invalidación parcial.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida una medida que crearía en México un polémico Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil con datos biométricos.
La ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández, expuso que el máximo tribunal ha señalado en precedentes que existe un derecho a la autodeterminación informativa.
Lo que implica la facultad de los ciudadanos a no dar sus datos personales sin saber que utilidad se le darán y cómo se evitará darles un mal uso.
En el caso del Panaut, explicó, esta opción no existe pues el ceder estos datos no es optativa.
Porque si no se entregan simplemente no se tendrá acceso a un celular.
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Panaut es constitucionalmente legítimo
Piña añadió que, aunque el fin del Panaut es constitucionalmente legítimo, su instrumentación es excesivamente invasiva en los derechos humanos de los usuarios.
Además, sostuvo, ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Lo anterior para prevenir y combatir el uso de dispositivos móviles para cometer delitos.
“El Panaut no es una medida legislativa necesaria en una sociedad democrática, pues no mantiene un equilibrio entre la necesidad de los datos y el derecho a la privacidad de las personas, además de no encontrar justificación (…)
El Congreso debió llevar a cabo una evaluación de impacto en la protección de datos personales, lo cual no se cumplió y ello coloca a los derechos humanos en una situación de grave riesgo que no debe avalarse”, dijo la ministra Piña.
“No debemos olvidar que el tratamiento de los datos personales con el Panaut no es optativo para las personas, sino que es obligatorio si quieren tener activa una línea de telefonía móvil.
Por eso el impacto es fuerte en los derechos humanos.
La entrega de los datos personales se impone como obligación a los usuarios a fin de poder conservar una línea de telefonía móvil y el usuario no determina el uso que se dará a sus datos”, argumentó.
A favor de la invalidez total del decreto de creación del Panaut votaron al final 9 ministros.
Con lo cual se rebasó por uno el número para alcanzar la mayoría calificada.
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