La madre de Mónica Rosales, junto con la asociación civil Mujeres Construyendo “Unidas por Ayudar”, denunciaron ante los medios de comunicación un proceso judicial que califican como fabricado en contra de la mencionada, que derivó en una sentencia de 47 años de prisión, acusada por homicidio calificado.
Mónica Rosales Valerio detenida por homicidio en 2022
Mónica Rosales Valeriano fue detenida en noviembre del 2022 acusada de un homicidio, en el municipio de Toluca y cumple con su sentencia en el penal de “Santiaguito”, dejando a 3 hijos luego de vivir 8 años separada de su padre, la madre, Sandra Valeriano, apuntó que la sentencia fue sustentada en una testigo que considera, fue preparada.
“Lo que yo pido es que me liberen a mi hija, porque ella está en la cárcel injustamente, desde el 31 de octubre del 2022, el primero de marzo del 2024 le dictaron sentencia condenatoria de 47 años y seis meses. El ministerio público presentó todas sus pruebas y no pudo comprobar el testimonio de la ofendida, la única testigo presencial que preparó para sus pruebas”, mencionó.
Mujeres Construyendo “Unidas por Ayudar”
Leticia Fernández, representante de la asociación Mujeres Construyendo “Unidas por Ayudar” y representante legal en el caso, comentó los por menores del juicio en el que respaldó que este se basó en un testimonio presencial que nunca fue desahogado por parte de la fiscalía.
“Comenzaron con las pruebas del ministerio público que encabezó el licenciado Héctor Miguel Guadarrama, representante de la fiscalía. Nunca pudieron desahogar el testimonio de la ofendida, la única testigo presencial de los hechos. Fue negligencia de la fiscalía y no fue desahogado el testimonio derivado de que la señora se encuentra fuera del país y que en los Estados Unidos no tenía internet”, explicó.
Detalló que en primera instancia, el testimonio fue desestimado toda vez que la única testigo presencial se encuentra en el extranjero y este se realizaría por video llamada; sin embargo, nunca pudieron establecer conexión con la ofendida.
“Quiero comentar que el juez de la causa le concedió todo el tiempo a la fiscalía para desahogar ese medio de prueba; sin embargo, no lo hicieron y decidió desecharla. Para ese entonces presentan una pericial en materia de criminología al primer respondiente de la policía y a un testigo de identidad, que era hermano del lamentable occiso y se reservan una prueba que se desahoga al día siguiente.
Fue la de la policía ministerial María Guadalupe Rodríguez González, esta solo fue ofertada con la finalidad de que se hablara del lugar de los hechos y el levantamiento de cuerpo. El ministerio público, de manera dolosa, introduce el hecho replicando a la policía ministerial y con esto es suficiente para que el juez los acredite”, detalló.
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El testimonio presencial se encuentra en el extranjero
Enfatizó en que, al final m, el testimonio fue considerado a través de las declaraciones de la policía; sin embargo este nunca se presentó por escrito.
“Es un testimonio de oídas, que además la policía dice que le platicó la ofendida pero no lo plasma en su informe de investigación; que sabemos tiene un protocolo. Se muestra por escrito para que lo conozcamos la defensa y podamos ejercer el principio de contradicción, es decir, que podamos defendernos.
No pude ser que nos sorprendan con una información diversa para lo cual esta ofertada, con eso fue suficiente y la condenaron a 47 años de prisión sin la imputación directa y que además ningún otro medio de prueba presentó que la ofendida le hubiera platicado los hechos, es decir, que con el solo dicho de una persona fue suficiente para establecer una sentencia”, puntualizó.
Finalmente hizo un llamado a las autoridades, para que “ el tribunal del Estado de México, ahora que ya tenemos la apelación interpuesta, revise el caso, no es solo hacer presión social sino que valoramos el caso para saber que se trata de gente inocente”, concluyó.
DB