El análisis de la legislación del aborto es central en cualquier estudio que se haga sobre el tema. Es precisamente su situación de ilegalidad lo que, a lo largo de la historia, ha dado origen a múltiples e intensos debates y controversias nacionales e internacionales y entre diversos actores sociales, como son los grupos religiosos y laicos, los médicos, los juristas, los políticos y diversos representantes de la sociedad civil. La situación legal del aborto, junto con las políticas públicas de salud, determinan los tipos de oferta de servicios de aborto disponibles en un lugar dado, así como los efectos que ambas cosas tengan sobre la salud de las mujeres.
Entre las cuestiones más polémicas se encuentran su valoración como problema de salud pública, como una de las principales causas de morbimortalidad materna, como generadora de discriminación e injusticia social en contra de las mujeres, como violación a derechos humanos fundamentales de las mujeres, o como un no derecho de las mujeres ante los posibles derechos de un no nacido, como un problema de carácter público y, a su vez como un problema privado e íntimo, y como un problema ético o moral y de religión. Las legislaciones que limitan el aborto inducido “producen una serie de consecuencias que no afectan solamente a las mujeres que deciden terminar con un embarazo no deseado, sino que también traen resultados devastadores a nivel social, económico y cultural en los países donde se restringe su acceso.
La situación legal del aborto, junto con las políticas públicas de salud, determinan los tipos de oferta de servicios de aborto disponibles en un lugar dado, así como los efectos que ambas cosas tengan sobre la salud de las mujeres. Ponen en peligro la vida de mujer; generan una práctica discriminatoria y de injusticia social; propician el surgimiento de un “mercado clandestino”; contribuyen a un mayor empobrecimiento al afectar la economía de las mujeres y sus familias; exacerban las condiciones de vulnerabilidad social ya existentes; violan los derechos humanos de las mujeres; dificulta la recolección de información.
A partir de la década de los noventa, una gran cantidad de países, incluyendo algunos de América Latina, han llevado a cabo importantes cambios legislativos en relación al reconocimiento de algunos derechos de las mujeres, pero pocos en torno al aborto inducido. Mucho se habla en estos días sobre unos de los temas más escamados de la sociedad mexicana: el tema del Aborto y su probable Despenalización en dos Estados más de la República Mexicana; opiniones a favor o en contra se disputan la razón, entre las redes sociales y en los más concurridos lugares de nuestro entorno. Por supuesto que es un tema muy espinoso y difícil de tocar.
En el Estado de México el aborto está permitido sólo por cuatro causas: violación, peligro de muerte de la madre, malformaciones genéticas o congénitas graves del producto y cuando ocurre de manera no intencional. El aborto voluntario ha sido despenalizado en cinco entidades federativas: Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur.
Desafortunadamente, el aborto en el Estado de México y en otras entidades, se sigue criminalizando, a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró la inconstitucionalidad de su penalización a nivel nacional.
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