Cada año, los prestadores de los servicios de agua y saneamiento en México se enfrentan a la proeza de presentar su propuesta de actualización de cuotas y tarifas a sus respectivas autoridades responsables de autorizar, en algunos casos son los cabildos, en otros son los congresos locales y en el mejor de los casos, son los comités o consejos tarifarios.
Es conocida la resistencia social que implica cualquier aumento de impuestos, derechos y aprovechamientos, sin embargo, es responsabilidad de las organismos operadores el dar a conocer a cualesquiera que sea su autoridad encargada de actualizar sus tarifas, la situación de incremento de los precios de los bienes y servicios necesarios para una correcta prestación de los servicios, ya será tema de otra discusión si éstas son aprobadas o se niega la actualización, ante eso cualquier reclamo o responsabilidad podrá recaer en aquellos que se negaron.
Para dar a conocer dicha información, es necesario que los organismos operadores calculen correctamente el porcentaje que por el aumento de los precios deba incrementarse, uno de los métodos más usuales es mediante el incremento del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), existen algunos prestadores que de manera correcta actualizan sus tarifas mes con mes, y de esta forma se evita la acumulación de un incremento de precios de sus insumos que cuando se logra la actualización anual ya se tuvo una minusvalía en su relación ingreso/gasto.
Existe otro inconveniente al utilizar el INPC, que como se sabe, en un índice ponderado integrado por una canasta de 299 bienes y servicios, por ponderado quiere decir que se da mayor peso a aquellos que son considerados básicos para la subsistencia de las personas, pero también salda con otros que suelen bajar de precio de manera constante como aquellos relacionados con la tecnología que se vuelve obsoleta, no sobra decir que esa canasta puede ser representativa para una familia mexicana, pero no lo es para los organismos operadores, aquí radica la debilidad expuesta y por lo que en la mayoría de las ocasiones el INPC subvalora el incremento de los precios, veamos por qué.
De acuerdo al Censo Económico realizado por el INEGI en 2019, específicamente en el Panorama Censal de los Organismos Operadores de agua en México, los organismos operadores encuentran en sus sueldos y salarios el mayor porcentaje de gasto, con un 40.30% del total, le sigue el gasto en energía eléctrica con 26.51%, combustibles y lubricantes representa el 9.79%, productos químicos es el 3.89% y otros materiales y gastos suman 19.51%, una primera consideración es que por tanto, los ponderadores que explican la importancia de ciertos gastos son diferentes a los de una familia, por ejemplo, los bienes y servicios en alimentos es marginal en este caso, mientras que el aumento de sueldos y salarios en las familias mexicanas no son representativos en las familias.
De esta forma, se puede calcular un ponderador representado por este porcentaje que representa este grupo de gastos respecto al gasto total y se observan los incrementos anuales, de esta forma se estimó que el incremento que se tendrá en 2022 respecto al año pasado, es de 9.60%, superior a la estimación que se tiene del INPC que es del 8.70%; si se toma el dato desde 2019, la actualización de las cuotas y tarifas debió haber sido 23.87%, y dada situación que conocemos que no se actualizan cada año, pero suponiendo que se han actualizado por el INPC entonces el déficit ya acumularía un porcentaje cercano a 4%, monto que al acumularse representan un serio problema para las finanzas de estos organismos públicos.
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Como propuesta adicional al cálculo de un factor de actualización propio de éste subsector, resaltan algunas buenas prácticas como son el negociar con los proveedores precios preestablecidos por comprar multianuales, por supuesto la más obvia es trabajar por lograr costos de eficiencia y un buen uso de los recursos públicos, temas que serán tratados a mayor detalle en otras entregas.