Este lunes 11 de enero de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o homeoffice en México.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá 18 meses para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el homeoffice.
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¿Qué implica la nueva ley del HomeOffice?
- Los patrones deberán otorgar un contrato por escrito
- Los patrones deberán facilitar todas las herramientas necesarias para que el trabajador desempeñe sus funciones desde su casa, así como el mantenimiento del equipo.
- Los empleadores tendrán que llevar el registro de los insumos entregados a los empleados
- Los empleadores deberán contribuir con el pago de una parte proporcional del recibo de luz así como de los servicios de telecomunicación (Internet).
- También respetarán el derecho a la desconexión de los empleados al término de la jornada laboral.
- Establecerán los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de los empleados en la modalidad de homeoffice.
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