La concepción moderna de los servicios públicos tiene un origen relativamente actual, Juan Jacobo Rosseau lo explicó en su obra “El Contrato Social” en 1762, aunque sabemos que aún antes, en prácticamente cualquier población o ciudad, existían ciertos servicios que eran proporcionados por los gobernantes, como por ejemplo seguridad, o cuando ante una pandemia se recogían los cuerpos en la puerta de las casas.
En su concepción moderna, los servicios públicos que hoy entendemos casi en uniformidad, no lo fueron en un principio, incluso hoy hay diversos autores que los conceptualizan en forma diferente, pero lo que es un hecho es que todo servicio público satisface una necesidad general, éste concepto de universalidad, señala que toda persona lo puede usar, y que cuando éste se vincula como derecho humano, donde por el sólo hecho de serlo, tiene derecho a beneficiarse de él, sin más límite que la capacidad instalada del propio servicio, y que se así se determina, se deberá cubrir, además, una cuota/tarifa por dicho servicio. (Fernández, 2002).
TE SUGERIMOS: Hay tanto que hacer, que no se hace nada
Uno de los conceptos que debe cumplir un servicio público es el de continuidad, dado que un servicio público sólo puede brindar un ente público o a quien se le haya concesionado, no podría ser posible que de un día para otro se renunciara a su responsabilidad de brindarlo, puesto que no habría un sustituto permitido por la ley para ello; sin embargo el alumbrado público es un servicio que no sólo puede, sino que debe ser discontinuo, sería un derroche de energía y dinero el mantener prendidas todas las lámparas en el día, con el servicio de agua cuando éste no estaba considerado como derecho humano, se podían establecer horarios de servicios y con ello cumplir, pero cuando se establece como derecho, y se específica que para su cumplimiento debe ser continuo, obliga a eliminar el tandeo como forma de distribución.
Ya que hablamos de alumbrado, toquemos el servicio público de energía eléctrica, definitivamente debe ser continuo, es un servicio que se establecen tarifas obligatorias, pero donde el servicio sólo debe procurarse que llegue a los hogares, comercios, industrias, sistemas de alumbrado, pero no debe recogerse energía eléctrica usada, contaminada o residual, como sí ocurre con el agua, donde no sólo se debe contar con materia de mucho mayor volumen que con la energía eléctrica, sino que además se debe recoger al menos el 80% de lo que se entrega y con características que exigen un manejo cuidadoso para no contaminar.
TE SUGERIMOS: El agua paga el agua: Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
El servicio de recolección de residuos sólidos, ha sido un dolor de cabeza para prácticamente todas las ciudades mexicanas y con múltiples modelos de gestión, por ejemplo, algunas ciudades han optado por un sistema que recolecta cada dos o tres días, con horarios específicos o al aviso de una campana, pero que una vez que esto acurre, no se vuelve a necesitar hasta que llegue nuevamente el día y el horario, poco importan las cualidades de recolección, si el camión estaba en condiciones favorables, si los recolectores estaban uniformados, lo importante es que se lleven nuestros desechos y es suficiente.
Y finalmente, han existido otros servicios que ahora forman parte del sector privado, como por ejemplo, la telefonía, un servicio que distaba mucho de ser eficiente pero que su naturaleza le permitió brindar con mejores resultados, hoy existe un servicio que no nace como público pero que ante lo que significa como igualador de oportunidades, acceso a información, y otros derechos humanos ha comenzado a entrar el sector público para garantizarlo, nos referimos al acceso a la internet, pero que aún con los retos que representa y por la forma que se distribuye, junto con la telefonía celular, no representa el reto de llevar agua y sus servicios relacionados a donde se encuentre un ser humano, de ésta magnitud es la diferencia y por tanto la complejidad de sus respuestas.