En la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, pasó el dictamen por el que se deroga del Código Penal estatal el delito de ultraje en contra de personas servidoras públicas, aunque ahora deberá turnarse al pleno de la 62 Legislatura, para su aval y posterior entrada en vigor.
La propuesta avanzó luego de dos reuniones de trabajo, donde en la primera participaron funcionarios de la Coordinación Ejecutiva del Mecanismo para la Protección Integral de Periodistas y Personas Defensoras de los Derechos Humanos.
Con el dictamen se elimina el capítulo VI del subtítulo segundo del título primero y los artículos 126 y 127 de dicho ordenamiento.
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Argumentan que inhibe la libre expresión, atenta contra los derechos humanos
Los integrantes de la comisión legislativa, apuntaron que el delito de ultrajes, inhibe la libre expresión, atenta contra los derechos humanos y representa una protección desproporcionada de la autoridad y las personas servidoras públicas de la entidad,
Asimismo, se apuntó que si bien no hay registro de personas mexiquenses imputadas por ultrajes pero que, al estar vigente, el tipo penal podría aplicarse.
La diputada del PAN, Emma Laura Álvarez Villavicencio, indicó que esto es un paso para consolidar la democracia mexiquense, y su legislador de Morena, Vladimir Hernández Villegas, lo que busca es preservar los derechos humanos, así como la libertad de expresión.
¿Qué es el ultraje?
El ultraje es toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra alguna persona servidora pública, estatal o municipal, o contra instituciones públicas, que pueda implicar ofensa o desprecio.
Al tratarse de elementos de cualquier corporación policíaca, se requerirá para la integración del delito, que el ultraje sea en presencia de personas ajenas a las corporaciones.
Y actualmente a quien ejecute ultrajes contra instituciones públicas se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de 30 a 150 días multa. Así como que, si se cometieren en contra de una persona servidora pública, se impondrán de seis meses a un año de prisión y de 30 a 100 días multa.
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TAR
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