El 16 de diciembre de 1825 se presentó el antecedente de la primera normativa estatal en cuanto a la presentación de un informe o memoria de gobierno por parte del Titular del Ejecutivo, cuando el Congreso Constituyente instruyó al Gobierno para que diera “cuenta del modo que la ley previene y, por medio de una memoria de la administración de todos los ramos que son a su cargo desde el 2 de marzo de 1824 (…), que en ella se especifique determinadamente los productos de las rentas del Estado y de la inversión que se les ha dado: el estado en que se recibió el gobierno político, y las mejoras o atrasos que haya tenido, así como fueron recibidos los tribunales y los atrasos o adelantos que hayan sufrido, con lo demás relativo a la administración de justicia (y que) el Gobierno se encargue igualmente de dicha memoria de presentar al Congreso el presupuesto de gastos, y los medios que ocurran para cubrirlo”.
En cumplimiento a la disposición, el 15 de febrero de 1826 acudió al Congreso el Comisionado del Gobierno para leer la Memoria de Gobierno, en cuyos anexos figura la relación de las ocho prefecturas, 35 partidos y 180 ayuntamientos que existían en el Estado al momento de su erección, con excepción del territorio de jurisdicción del Ayuntamiento de México que dio origen a la creación del Distrito Federal el 18 de noviembre de 1824. El 15 de febrero algunos municipios establecen esa fecha como su erección, que es incorrecto, pues, además de no ser una disposición legal, allí se señalan los nombres de los ayuntamientos que se integraron por primera vez en la época colonial o en los primeros tres años del México independiente.
En el documento, Melchor Múzquiz señaló que las primeras medidas de su gobierno estuvo la creación de una Secretaría, el ponerse en contacto con las poblaciones más remotas, brindar atención a los establecimientos de beneficencia, la construcción de una presa de mampostería en la Prefectura de Tula, el establecimiento de una Academia de Medicina Práctica, la reanimación de la Administración de Justicia con la creación del Supremo Tribunal, el apoyo otorgado a la Milicia Nacional y la integración de la estadística con el apoyo de los prefectos.
Para el 16 de febrero de 1828 se presentó el primer antecedente de la glosa de un informe de gobierno, cuando el Congreso ordenó publicar el “Dictamen de la Comisión de Análisis de las Memorias que en los años de 26 y 27 presentó el ciudadano ex gobernador Melchor Múzquiz”, que estuvo integrado por 37 artículos que contenían preguntas para ser respondidas por el titular del Poder Ejecutivo en funciones.
Finalmente, se señala que la figura de la Memoria de Gobierno subsiste en nuestra Constitución Política, en cuyo artículo 77 se establece como obligación del gobernador o gobernadora la de “enviar a la Legislatura, al término de cada período constitucional, una memoria sobre el estado de los asuntos públicos”. En cuanto a los informes de gobierno, como hoy los conocemos, los antecedentes se remontan a la Constitución Política del 14 de febrero de 1827, en el que señala los discursos que debían rendir los titulares del Poder Ejecutivo al Congreso, ya que en el artículo 135 se estableció como facultad del gobernador la de “dar cuenta anualmente al Congreso en la apertura de las sesiones de marzo, por medio de una memoria, del estado en que se hallan todos los ramos de la administración pública, y adelantamientos o mejoras de que son susceptibles”.